ALBERTO YEPES BARREIRO. Según el Consejo de Estado, la pregunta de la consulta popular había sido aprobada el año pasado por el Tribunal Administrativo de Santander, pero el fallo de este 8 de mayo (que estudió una tutela presentada por el Ministerio de Minas) señala que el Gobierno no fue tenido en cuenta para establecer la pregunta de la aplazada consulta popular.
El Consejo de Estado deja sin efectos la sentencia de 16 de agosto de 2017, dictada por el Tribunal Administrativo de Santander dentro del expediente número 68001-23-33-000-2017-00855 en el marco de la revisión de constitucionalidad de la pregunta que se sometería a consulta popular a los ciudadanos, que conforman el censo electoral, del municipio de El Peñón.
Lea el fallo completo aquí.