Teniendo en cuenta que mediante la Ley 357 del 21 de enero de 1997, Colombia aprobó la «Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas» suscrita en Ramsar el 2 de febrero de 1971, cuyo objeto es la conservación y uso racional de los humedales y sus recursos, Colombia acordó designar humedales idóneos de su territorio para ser incluidos en la Lista de Humedales Ramsar de Importancia Internacional.

Dicha delimitación del sitio Ramsar se sustenta en la necesidad de mantener su integralidad ecológica, recuperar, en la medida de lo posible, condiciones ecosistémicas propias del humedal, asegurar su perdurabilidad y mejorar su capacidad de resiliencia en el largo plazo. Fue por lo anterior que la Ciénaga de Ayapel y los Lagos de Tarapoto fueron designados como sitios RAMSAR.

Conoce los decetos de designación y los documentos técnicos de éstos ecosistemas:

Ciénaga de Ayapel:

Decreto de designación, Ayapel

Documento técnico Ayapel

Lagos de Tarapoto:

Decreto de designación, Tarapoto

Documento técnico Tarapoto

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