Fuente: Artículo 20.
El proyecto está compuesto por 2278 artículos y tiene como finalidad “preservar y garantizar los derechos y libertades de las personas a gozar de un ambiente sano, instituir el ambiente como patrimonio común de utilidad pública e interés social, establecer una sujeción real y concreta a los mandatos Constitucionales y demás preceptos del ordenamiento jurídico, proteger y preservar la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y proyectar el ambiente como un derecho de primer nivel; en concordancia con los tratados y convenios internacionales ratificados por el gobierno nacional, incorporados al ordenamiento jurídico interno”.
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