Fuente: Comité en Defensa del Agua, el Territorio y los Ecosistemas.

Contacto de prensa: celular 3213865683

@noalfrackingsm

san martin sin fracking

El Comité en Defensa del Agua, el Territorio y los Ecosistemas, como un espacio amplio, incluyente y diverso conformado por ciudadanas y ciudadanos de todas las tendencias, que organiza la movilización en rechazo al Fracking en San Martín, Cesar, se permite informar a la opinión pública:

1. Desde hace varios años, el Gobierno Nacional viene impulsando la llegada a Colombia del FRACKING para la extracción de hidrocarburos mediante técnicas no convencionales, pese a las advertencias de la Contraloría, de las solicitudes para declarar la moratoria, y de las evidencias científicas y académicas de los impactos del Fracking en el ambiente y en la salud en otros países, que han llevado a la prohibición del mismo en diversas regiones del mundo.

2. En diciembre de 2015, la Agencia Nacional de Hidrocarburos – ANH firmó con las empresas CONOCOPHILLIPS (constituida en el paraíso fiscal de las Islas Caimán) y CNE OIL & GAS, un contrato adicional para explorar y explotar usando técnicas No Convencionales en el Bloque Valle del Magdalena Medio VMM-3, y uno de sus pozos (Pico Plata 1) queda ubicado en los municipios de San Martín y Aguachica en el Cesar, y Rionegro en Santander (Ver contrato).

3. Además de los inminentes e irreversibles daños ambientales, este Contrato para Fracking vulnera gravemente los ingresos de la Nación, al establecer como algunas de sus condiciones: A. Que las regalías recibidas serán solo del 60% sobre las convencionales (Cláusula novena). B. Que la participación en la producción del Estado descontadas las regalías será de solo el 2% (Cláusula decimoprimera) y C. Que la Nación recibirá recursos hasta cuando la producción en el área supere los 5 millones de barriles, y cuando el barril esté por encima de los 81 dólares (Claásula decimotercera).

4. Mediante resolución 0227 del 7 de marzo de 2016, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, autorizó la cesión de la licencia ambiental que tenía la empresa SHELL para explorar Convencionales en ese mismo bloque (VMM-3), fundamentada en el Contrato Adicional descrito anteriormente para Yacimientos No Convencionales que busca realizar FRACKING en Colombia; lo cual demuestra que la ANLA y el Ministerio de Ambiente tenían a la fecha conocimiento del interés de explorar mediante FRACKING al expedir esta Resolución (Ver resolución).

5. Si bien a la fecha las empresas ConocoPhillips y CNE Oil & Gas no cuentan con licencia ambiental para realizar Fracking, los primeros días de marzo iniciaron a socializar en el

municipio un Estudio de Impacto Ambiental – EIA realizado por Antea Group que busca, solicitar a la ANLA una Licencia Ambiental para realizar exploración y explotación de Yacimientos No Convencionales (Ver flyer usado en la socialización).

6. LO MÁS GRAVE: En medio del escándalo por la adjudicación de la Licencia Ambiental para la exploración y explotación de hidrocarburos en los alrededores de La Macarena y Caño Cristales, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA le miente al país al afirmar en su cuenta de Twitter @ANLA_Col “La Anla no ha otorgado licencias para Fracking en ningún municipio del país” (Ver tuit), toda vez que el 21 de diciembre de 2015, a escondidas y mediante resolución 1655 (Ver Resolución – Ver extractos de la Resolución), autorizó una Licencia Ambiental para hacer estimulacion o fracturamiento hidráulico (FRACKING) en los municipios de Chiriguaná y la Jagua a la empresa Drummond Ltd para la producción de Gas asociado al Carbón, un tipo de Yacimiento No Convencional estipulado en el parágrafo del artículo 1, del Decreto 3004 de 2013.

7. Posteriormente y ante el rechazo de la comunidad que se vio reflejado en una movilización el pasado 17 de marzo en la cual participaron cerca de 4 mil personas, la ConocoPhillips cambió su discurso en las socializaciones, afirmando que ya no harían Fracking, si no exploración convencional, lo cual viola el Contrato Adicional firmado con la ANH, que expresa textualmente en el punto 2.3 del Anexo YNC C que reza “…y ante la decisión de EL CONTRATISTA de suscribir CONTRATO ADICIONAL y renunciar a la posibilidad de explorar y explotar Yacimientos Convencionales dentro del área asignada…” (Ver extracto del contrato).

8. En virtud del Principio de Precaución ante las graves afectaciones ambientales que podría ocasionar este proyecto en la región, además el engaño reiterado de las empresas y la nula legitimidad de cualquier decisión tomada por la ANLA, exigimos al Gobierno Nacional (MinMinas, MinAmbiente, ANH y ANLA) la CANCELACIÓN INMEDIATA DE TODO PROYECTO PARA REALIZAR EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE YACIMIENTOS NO CONVENCIONALES ( FRACKING) EN SAN MARTÍN Y EN TODA COLOMBIA. La valiente y digna comunidad de San Martín, sur del Cesar, se moviliza de nuevo y marcha pacíficamente el día de hoy domingo 17 de abril desde las 3:00 pm en defensa del Agua, de la Vida, del Territorio y de sus Ecosistemas»

Artículo anteriorResumen Sentencia T-256 de 2015, plan de agua potable para el sur de la Guajira
Artículo siguienteInvitación conversatorio: ¿Cómo cambiar nuestros estilos de vida a 2050 para ser sostenibles?